martes, 29 de noviembre de 2016

El SRI estableció parámetros para considerar otros factores de relación con integrantes de grupos económicos

El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció los parámetros que se aplicarán para considerar otros factores de relación con los integrantes que conforman los grupos económicos, respecto a la dirección, administración y relación comercial : Resolución del SRI No. NAC-DGERCGC16-00000450, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 873 de 31 de octubre de 2016.

La Resolución establece que el SRI podrá considerar en la conformación de los grupos económicos, a los siguientes sujetos:

  1. Miembros de directorio, administradores y/o representantes legales de las sociedades nacionales o extranjeras, así como los apoderados generales de sucursales extranjeras domiciliadas.
  2. Sociedades nacionales o extranjeras en las que algún miembro de directorio, administradores y/o representantes legales, sea integrantes de un grupo económico.
  3. Personas naturales o sociedades, nacionales o extranjeras, cuyas relaciones comerciales representen el 25% o más del total de operaciones de un integrante de un grupo económico.
  4. Personas naturales o sociedades, domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición, que presenten cualquier tipo de operación y/o relación directa o indirecta con los integrantes del grupo económico.
Fuente: SRI

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