jueves, 16 de febrero de 2017

LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL :

Constituye el proceso de registro sistemático, cronológico y secuencial de las operaciones patrimoniales y presupuestarias de las entidades y organismos del sector Público no Financiero, expresadas en términos monetarios, desde la entrada original a los registros contables hasta la presentación de los estados financieros; la centralización, consolidación y la interpretación de la información; comprende además los principios, normas, métodos y procedimientos correspondientes a la materia. La finalidad del componente de Contabilidad Gubernamental es establecer, poner en funcionamiento y mantener en cada entidad del Sector Público no Financiero un sistema único de contabilidad que integre las operaciones, patrimoniales, presupuestarias y de costos, para asegurar la producción de información financiera completa, confiable y oportuna, que permita la rendición de cuentas, la toma de decisiones, el control, la adopción de medidas correctivas y la elaboración de estadísticas.

Estados Financieros:

Los entes financieros y unidades ejecutoras responsables de la administración de sus presupuestos, dispondrán de datos e información contable y presupuestaria individualizada, con los detalles que establecerá para el efecto el ente rector de las finanzas públicas.

Las máximas autoridades de las entidades y organismos del sector público enviarán la información financiera y presupuestaria, señalada en este código o en las normas técnicas y en conformidad con éstas, dentro de los plazos previstos en dichos instrumentos. El ente rector de las finanzas públicas recibirá, validará, analizará, clasificará y procesará los datos contenidos en la información elaborada por cada ente financiero del Sector Público no Financiero, con la finalidad de obtener estados financieros agregados y consolidados, relativos a agrupaciones predeterminadas y según requerimientos de la administración del Estado. (Código Orgánico de Planificación de las Finanzas Públicas – Art. 148, 151, 152 y 157 )

Información Presupuestaria: 

Comprende las normas, técnicas, métodos y procedimientos vinculados a la previsión de ingresos, gastos y financiamiento para provisión de bienes y servicios públicos a fin de cumplir las metas del Pan Nacional de Desarrollo y las Políticas públicas.

El ciclo presupuestario es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades y organismos del sector público y comprende las siguientes etapas:
  • Programación Presupuestaria
  • Formulación Presupuestaria
  • Aprobación Presupuestaria
  • Ejecución Presupuestaria
  • Evaluación y seguimiento presupuestario
  • Clausura y liquidación presupuestaria.
(Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas – Artículos 95 y 96)

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