El CIF es la base para el cálculo de los tributos. Éste se lo obtiene sumando el valor de la mercancía soportada en la factura, adicionando el valor del flete más el costo del seguro.
PRECIO FOB Costo de la mercadería en la factura
FLETE $1,50 por cada kilo de los bienes tributables
SEGURO 2% de la suma del Precio FOB + Flete
____________
TOTAL CIF
Luego de obtener el cálculo del CIF, sobre éste se determinan todos los impuestos a pagar.
EJEMPLO: Si usted trae algo que cuesta US$ 100 y pesa 2kg, deberá hacer el siguiente cálculo:
EJEMPLO
Los tributos aplicables a pagar serán calculados de la siguiente manera:
EJEMPLO: Si usted trae algo que cuesta US$ 100 y pesa 2kg, deberá hacer el siguiente cálculo:
** Arancel adicional temporal, por medida de Salvaguardias adoptadas por el Gobierno Nacional. Resolución Nº. 468 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones, COMEXI.
BASE LEGAL:
Resoluciones 1401 de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
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