Requisitos:
- No tener obligaciones pendientes con la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
- Haber superado la causal que declaró la inactividad.
- El representante legal solicitará, por escrito, a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros: Cuando la resolución se trate de una compañía: Que se deje sin efecto la Resolución que declaró la Inactividad de su representada por haber superado las causas que la motivaron. Cuando la resolución comprendiera a dos o más compañías: Que se excluya de la Resolución que declaró la Inactividad de su representada por haber superado las causas que la motivaron.
Procedimiento:
Una vez cumplido con los requisitos, si no hubiere observación alguna, se emitirá la resolución correspondiente que resuelve dejar sin efecto y/o excluir a la compañía. Luego podrá retirar la resolución en el Centro de Atención al Usuario – CAU, con lo que se procede activar la compañía.
Considere que el tiempo en que se concluya el trámite dependerá de la entrega de la totalidad de los requisitos solicitados.
Fuente: Superintendencia de Compañias
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