viernes, 17 de marzo de 2017

Decretos establecen la Exoneración del Anticipo de Impuesto a la Renta para Manabí y Esmeraldas



Debido al terremoto del pasado 16 de abril de 2016, que ha impedido a las provincias de Manabí y Esmeraldas desarrollar con normalidad sus actividades económicas y productivas, el Presidente de la República, Rafael Correa Delgado, a través del último Decreto Ejecutivo No. 1342 del 13 de marzo de 2017  y los anteriores Decretos No. 1044 del 25 de mayo de 2016 y No. 1106 del 30 de junio de 2016, exoneró a los cantones de estas provincias del pago del 100% del saldo del anticipo de Impuesto a la Renta de 2016 y del anticipo de Impuesto a la Renta de 2017.

Este beneficio aplica para las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y las sociedades.

El efecto de estos decretos es dar liquidez a los empresarios de Manabí y Esmeraldas, disminuyendo el saldo a cancelar del anticipo de Impuesto a la Renta de 2016 o pagando exclusivamente el Impuesto a la Renta causado del mismo año, de acuerdo al domicilio de la empresa; así como el no pago de las cuotas del anticipo de 2017 en los meses de julio y septiembre del presente año y el saldo del anticipo para la declaración de Impuesto a la Renta a presentarse en marzo o abril de 2018.

Los contribuyentes de Manabí y del cantón Muisne cancelarán únicamente su Impuesto a la Renta causado de 2016; mientras que los contribuyentes del resto de cantones de la provincia de Esmeraldas dejarán de pagar el saldo del anticipo de Impuesto a la Renta de 2016 y cancelarán el valor mayor entre el Impuesto a la Renta causado y las dos cuotas pagadas en julio y septiembre del año anterior.

Los contribuyentes que ya realizaron su declaración de Impuesto a la Renta de 2016 sin tomar en cuenta este beneficio, podrán pedir la devolución de los valores indebidamente pagados, presentando una solicitud en cualquiera de las oficinas del SRI a nivel nacional.

Para aplicar directamente a la exoneración del saldo del anticipo de Impuesto a la Renta de 2016 y la exoneración del anticipo de Impuesto a la Renta de 2017, las sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad, en su declaración a presentar en los meses de marzo y abril de 2017.

Fuente. www.sri.gob.ec

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