Entrega de documentos a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros:
Las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañía, Valores y Seguros deben remitir información de carácter financiero y societario dentro del primer cuatrimestre del año, es decir hasta máximo el 30 de abril
Pago de las utilidades a los trabajadores:
Hasta el 15 de abril, los empleadores deberán repartir el porcentaje correspondiente al 15% de sus utilidades a los trabajadores.
El diez por ciento se dividirá para todos los trabajadores, sin tomar en cuenta las remuneraciones recibidas por cada uno de ellos. El cinco por ciento será entregado en proporción a sus cargas familiares. Quienes no hubieren trabajado durante el año completo, recibirán la parte proporcional al tiempo de servicios.
Recordamos que la Corte Constitucional del Ecuador declaró la inconstitucionalidad del límite al reparto de utilidades por lo que dicho límite no aplicaría para la determinación y pago de las utilidades correspondientes al período fiscal 2017.
Declaración y pago del impuesto a la renta de personas jurídicas:
Las personas jurídicas deben declarar y pagar hasta abril su impuesto a la renta de acuerdo con el siguiente calendario:
Determinación del anticipo de impuesto a la renta:
Las sociedades, las sucesiones indivisas, las personas naturales, las empresas que tengan suscritos o suscriban contratos de exploración y explotación de hidrocarburos en cualquier modalidad contractual, deberán determinar el anticipo del impuesto a la renta a pagarse con cargo al ejercicio fiscal 2018 en su declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2017.
El valor resultante deberá ser pagado en dos cuotas iguales en los meses de julio y septiembre según el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes RUC.
Presentación de información sobre activos monetarios en el extranjero 2016:
Hasta el 30 de abril de 2018, las personas obligadas a la presentación de la información respecto a los activos monetarios que mantengan en entidades financieras del exterior deberán presentar la información correspondiente al año 2016.
Presentación del Anexo de transferencias SWIFT correspondiente a enero y febrero de 2018:
Las entidades que integran el sistema financiero nacional están obligadas a reportar las transferencias recibidas y enviadas a través del sistema de mensajes de la Sociedad de Telecomunicaciones Financieras Interbancarias Mundiales de los Mensajes (SWIFT).
El anexo de transferencias SWIFT correspondiente a los periodos de enero y febrero de de 2018 se presentará hasta el 30 de abril de 2018.
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